La aprobación inicial plenaria permitirá mantener la moratoria en la concesión de permisos a apartamentos turísticos durante un segundo año, para poder continuar con la tramitación

El Ayuntamiento de Alicante ha aprobado este martes en Junta de Gobierno Local el informe ambiental y territorial estratégico para la Modificación Puntual Nº52 del Plan General de Ordenación Urbana, que establece una nueva regulación de los alojamientos turísticos en la ciudad. Este nuevo paso en la tramitación se produce después de recabar informes favorables de las distintas administraciones públicas consultadas y permitirá que este expediente, tras pasar por Junta de Gobierno, se lleve a Pleno en diciembre para su aprobación inicial. Una aprobación que es condición indispensable para que el Ayuntamiento pueda mantener vigente la moratoria en la concesión de licencias a viviendas de uso turístico durante el segundo año ya previsto inicialmente, mientras se aprueba definitivamente la nueva regulación.

La normativa establece un índice máximo de 0,187 plazas turísticas por habitante y prohíbe la implantación de nuevas plazas turísticas en aquellas zonas (secciones censales) saturadas urbanísticamente, es decir, en las que se supera el índice máximo establecido, con excepciones específicas para hoteles de 3, 4 y 5 estrellas. Además, prohíbe la implantación de usos turísticos en las plantas bajas de los principales viarios comerciales y establece un acceso independiente como condición a la concesión de licencias de alojamientos turísticos ubicados en edificios residenciales.

«Seguimos avanzando en la tramitación de la nueva regulación de los alojamientos turísticos en la ciudad, para conseguir el equilibrio entre la vida cotidiana de los residentes y la actividad turística, garantizando que los residentes puedan seguir viviendo en sus barrios, el acceso a la vivienda en sus diferentes modalidades, al trabajo y a los servicios y espacios públicos”, expone el vicealcalde, Manuel Villar.

Limitación en zonas saturadas

La unidad elegida en la nueva normativa para establecer las zonas saturadas a nivel urbanístico y las que no lo están es la sección censal y la situación en la que se encuentra cada zona se revisará cada año. En las zonas no saturadas se podrán autorizar nuevas plazas turísticas, con controles que garanticen que no se supere el umbral máximo establecido.

Se establece la excepción para los hoteles de 4 y 5 estrellas, que no se verán afectados por el límite establecido para el indicador de saturación, aunque la zona en la que se ubiquen haya alcanzado el umbral máximo permitido.

Del mismo modo, para los hoteles de 3 estrellas se dicta un régimen especial que les permite superar el límite general fijado, estableciendo un límite de 0,32 plazas turísticas por habitante a la hora de conceder licencia para este tipo de establecimientos en una determinada zona.

Esta excepción responde a la apuesta por un modelo de excelencia turística que priorice la calidad frente a la cantidad, incentivando una oferta de alojamientos que genere empleo estable y de mayor valor añadido, al tiempo que atraiga un perfil de visitante menos estacional que responda a un turismo más diversificado y respetuoso con el entorno urbano.

Bajos comerciales y accesos independientes

Por otro lado, se prohíbe la implantación de usos turísticos en plantas bajas de viarios estructurantes, ejes comerciales y ejes cívicos, para favorecer el comercio de proximidad, que constituye un elemento clave para la vitalidad urbana y la cohesión social.

Esta medida busca proteger la red de comercio de barrio, asegurando un modelo de ciudad de proximidad, cohesión social y continuidad urbana, evitando que el uso turístico sustituya a los servicios cotidianos indispensables para los residentes.

El incremento de actividades de alojamiento turístico, especialmente en planta baja, puede desplazar a las actividades comerciales tradicionales, dado que las primeras suelen presentar una mayor rentabilidad económica. Este fenómeno conlleva el riesgo de pérdida del tejido comercial de barrio y de vaciamiento funcional de los espacios urbanos.

La nueva normativa urbanística busca garantizar que el uso turístico no sustituya al uso comercial y de servicios de proximidad, particularmente en planta baja, donde por razones de accesibilidad, carga y descarga, visibilidad y relación con el espacio público, deben concentrarse principalmente los locales comerciales y de servicios básicos.

Por último, la nueva regulación implica que los establecimientos turísticos en edificios con uso residencial deberán contar un acceso independiente y exclusivo y garantizar que no interferirán en la vida comunitaria del resto de residentes ni compartirán espacios comunes.

Con esta medida se actúa para garantizar la seguridad y tranquilidad de los residentes, separando los flujos de turistas, evitando que compartan recorridos interiores y reduciendo al mínimo la interacción en zonas comunes.